En febrero de 2020 se promulgó la Ley de Modernización Tributaria, que entre otros temas se ocupa del llamado “IVA Digital”. Término que sin duda es más fácil de recordar que “IVA a los servicios remotos realizados por prestadores sin domicilio ni residencia en Chile”.
¿Quienes están afectos a este impuesto? Aunque en un principio se habló mucho sobre las plataformas de streaming, también están las plataformas de juegos, las que ofrecen libros, y diversas otras como servicios de hosting, gestión de contenido web, y plataformas de e-commerce, como Shopify, entre otros servicios.
La medida ha resultado exitosa: hasta diciembre de 2021, el Servicio de Impuestos Internos (SII) recaudó unos US$ 306 millones, con firmas como Google, Netflix, Apple, Sony, Spotify y Facebook en los primeros lugares. A la misma fecha, se habían inscrito para declarar y pagar el impuesto en forma simplificada en Chile unos 252 proveedores de plataformas de servicios digitales, lista que sin duda seguirá creciendo.
Sin embargo, y debido a la novedad de esta ley, aún se generan dudas y preocupaciones entre los contribuyentes. Por ejemplo, quién o cómo debe pagarse este impuesto.
En ese sentido, tal como señala Pulso, una resolución del SII estableció que, a partir del 1 de agosto de este año, las responsables de cobrar y recaudar este impuesto serán serán las entidades encargadas de gestionar tarjetas de crédito y medios de pago similares (bancos, por ejemplo), respecto de los prestadores que no se hubieran inscrito en el régimen de pago simplificado.
Así, si el usuario contrata alguno de estos servicios (cuya nómina puedes encontrar en este link) verá reflejado en su estado de cuenta un cobro con la glosa “IVA Digital”. El monto de este gravamen será calculado en pesos tomando como base el dólar observado del día de la compra, o del día hábil siguiente.
Quizá como emprendedor te preguntes si debes estar inscrito en el portal VAT, para pagar el impuesto en forma simplificada. La respuesta es no: no es para personas naturales o contribuyentes que tengan residencia o domicilio en Chile. Lo que no obsta a que los invoices de plataformas internacionales se pueden agregar como gasto a la contabilidad de tu empresa.
También es interesante anotar que hay servicios digitales que están exentos de este IVA, como son Amazon y AliExpress, o las conocidas plataformas de transporte Uber, Cabify y DiDi.
¿Qué pasa con las plataformas que ofrecen alojamiento por la red, como Airbnb? Ahí la figura que opera es distinta, pues quien ofrece estos servicios debería realizar iniciación de actividades, regularizando su giro comercial, obteniendo la patente respectiva, etc.
Sin duda que los avances tecnológicos que nos afectan en lo cotidiano siempre generan dudas, sobre todo en sus consecuencias legales y tributarias. Pero en la medida que nos familiarizamos con ellas, y en la medida que las autoridades se van poniendo al día, éstas dudas e inseguridades disminuyen. Sólo queda hacer un uso responsable y disfrutar de sus beneficios.